Desde hace unos días el Negociado de Tramitación de Telecomunicaciones de la Generalitat de Cataluña, ha puesto en funcionamiento una nueva operativa a la hora de emitir documentos electrónicos para generar una copia auténtica.
Aunque es un procedimiento que se puede aplicar a cualquier documento, a estas alturas ya son emitidos los certificados de finalización de las ICT en esta modalidad, lo que se ve reflejada en el pie del documento de la siguiente forma:
Esta forma de hacer hará posible una mayor transparencia a la hora de poder documentar, ante la Dirección General de Vivienda y los ayuntamientos, la obligación legal del cumplimiento que tienen los edificios en materia de Infraestructuras Comunes de Telecomunicaciones, para poder conseguir la cédula de habitabilidad de primera ocupación* (Decreto 141/2012, de 30 de octubre, por el que se regulan las condiciones mínimas de habitabilidad de las viviendas y la cédula de habitabilidad (6245 núm. DOGC publicado el 02/11 / 2012), y hacer la correspondiente comunicación de primera ocupación y utilización, obligatoria al finalizar las obras, ante los ayuntamientos, que es la comunicación previa al Ayuntamiento que efectúa la persona titular de la licencia de obras, tal como prevé el artículo 187 de la Ley de Urbanismo, que permite verificar las condiciones de habitabilidad de los edificios que han sufrido obras mayores, bien por reforma o por nueva construcción. Esta nueva operativa servirá para evitar situaciones fraudulentas.
*La cédula de habitabilidad es necesaria para transmitir una vivienda en venta, alquiler o cesión de uso, en primera o en posteriores (salvo los supuestos de exoneración prevista en la normativa vigente). También sirve para darse de alta los servicios de agua, electricidad, gas, telecomunicaciones y otros servicios.